CIUDAD DE MÉXICO. MX. — Con celeridad avanzó en el Senado la reforma que impide a jueces y magistrados frenar reformas a través de otorgar suspensiones con efectos generales en juicios de amparo sobre inconstitucionalidad de leyes.
Se trata de “una intromisión indebida en las competencias del Congreso y una infracción al principio de separación de poderes”, se destaca en el dictamen, aprobado en las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda, que presiden los morenistas Olga Sánchez Cordero y Rafael Espino de la Peña, por 19 votos a favor y 13 en contra.
También Pese a la fuerte resistencia de la oposición, se aprobó otro dictamen por el que se faculta al presidente de la república a amnistiar “de manera directa” a quienes aporten “elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano”.
Ello después de una discusión de más de tres horas en que legisladores del grupo mayoritario argumentaron que las modificaciones a la Ley de Amparo llevan la intención de evitar más abusos y arbitrariedad de juzgadores cuyas decisiones en materia de amparo son más políticas que jurídicas y han frenado leyes fundamentales.
En contraparte, senadores del PAN, PRI, MC, PRD y Grupo Plural sostuvieron que se viola la institución del juicio de amparo y amenazaron con presentar una Acción de Inconstitucionalidad contra esa iniciativa presentada por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, el pasado 3 de abril, para evitar que las obras y leyes de la 4T se detengan.
“ No nos engañemos, la reforma es una suerte de venganza del oficialismo contra los juzgadores que otorgaron suspensiones tras la aprobación de la reforma eléctrica de 2021”, comentó el panista Damián Zepeda, quién recordó que la Suprema Corte no la pudo echar abajo, pero se conceden amparos que en los hechos invalidaron esa legislación.
La presidenta de la Comisión de Justicia y ministra en retiro, Olga Sánchez Cordero, respondió que esa facultad discrecional de los impartidores de justicia lleva a que la suspensión provisional de una ley no sólo tenga efectos para quien solicita el amparo, sino para todos:
De esa forma, recalcó, la sentencia de amparo ya no es necesaria porque con la suspensión indefinida pueden pasar cinco o hasta 20 años y la ley queda invalidada sin que se resuelva si es constitucional o no.
PUBLICADO EL 11 DE ABRIL DE 2024 Con información de Senado de la República Méxicana)